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Propósito de la Política

Establecer los lineamientos para el uso seguro de los medicamentos de alto riesgo, LASA y electrólitos concentrados.

Normatividad vigente

Decreto 780 de 2016: Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social
Resolución 1403 de 2007: Por la cual se determina el modelo de gestión del servicio farmacéutico y se adopta el manual de condiciones esenciales y procedimientos.
Resolución 3100 de 2019: Por la cual se definen los procedimientos y condiciones de inscripción de los prestadores de servicios de salud y de habilitación de los servicios de salud y se adopta el Manual de Inscripción de Prestadores y Habilitación de Servicios de Salud.
Resolución 1478 de 2006: Por la cual se expiden normas para el control, seguimiento y vigilancia de la importación, exportación, procesamiento, síntesis, fabricación, distribución, dispensación, compra, venta, destrucción y uso de sustancias sometidas a fiscalización, medicamentos o cualquier otro producto que las contengan y sobre aquellas que son Monopolio del Estado.

Su alcance

Aplica a los medicamentos que han sido incluidos en el listado oficial de medicamentos de alto riesgo, LASA y los electrolitos concentrados.

Sus definiciones

Almacenamiento de medicamentos: Es el acto de guardar los medicamentos conservando la calidad de estos desde su ingreso, permanencia y distribución, de modo que lleguen al paciente en las mejores condiciones para su uso.

Doble chequeo: El (la) enfermero (a) que realiza la administración del medicamento de alto riesgo, valida con el paciente o acompañante (si el paciente es pediátrico o está sedado/inconsciente) y se verifica la identificación en el brazalete lo siguiente:

 Nombre correcto del paciente
 Identificación correcta del paciente

El paciente recibirá información del tratamiento que será administrado, cuando aplique.

Comunicación redundante: Consiste en que quien recibe un mensaje, lo repite de vuelta, para que el emisor verifique que el mensaje fue recibido con precisión.

Custodia de medicamentos:Es el almacenamiento, conservación y medidas de seguridad de los medicamentos de control especial incluidos en la Resolución 1478/2003 que se encuentran bajo vigilancia y control del personal del servicio farmacéutico y/o personal de enfermería encargado.

Medicamentos de Alto Riesgo (MAR): Son aquellos medicamentos en los cuales errores en su manejo pueden llevar a eventos adversos serios e incluso la muerte del paciente. Incluye aquellos medicamentos que por su aspecto físico y/o nombre parecido puede llevar a confusión y errores.

Medicamento de Control Especial: Es toda sustancia cualquiera que sea su origen, que produce efectos mediatos e inmediatos de dependencia psíquica o física en el ser humano; aquella por su posibilidad de abuso, pueda tener algún grado de peligrosidad en su uso, o aquella que haya sido catalogada como tal en los convenios internacionales, ministerio de protección social o por el INVMA.

Medicamento LASA: Por sus siglas en inglés: Looks Alike Sounds Alike, son medicamentos que tienen una presentación o apariencia similar y/o su nombre es similar a otro, y el cual se puede prestar para confusiones.

Rótulo de medicamentos: Etiqueta que se coloca en los medicamentos en la cual se incluyen los dos identificadores del paciente, el nombre del medicamento, los componentes de la preparación, su fecha y hora de preparación

Su descripción

La Clinica Medellín, implementa acciones seguras que permiten disminuir los riesgos asociados a todo el ciclo de administración de medicamentos, desde su prescripción hasta la monitorización de sus posibles efectos, por tanto se tienen estandarizados los procedimientos de rotulación, almacenamiento, dispensación y administración de medicamentos de alto riesgo y medicamentos lasa, además disponibilidad de preparación centralizada de las mezclas magistrales y la utilización de diferentes mecanismos de alerta que permitan realizar un procedimiento de administración de medicamentos bajo condiciones de seguridad.

Para cumplir con la política se tienen las siguientes primicias:

1. La organización cuenta con el DA0411-123 Uso seguro de medicamentos, en el cual se encuentra relacionado el listado de Medicamentos de Alto Riesgo y medicamentos LASA el cual es revisado, actualizado y socializado anualmente o cada vez que se requiera por el servicio farmacéutico.

2. Los medicamentos de Alto Riesgo y LASA son identificados institucionalmente de acuerdo con los siguientes colores (semaforización):


Los medicamentos de Alto Riesgo y LASA son identificados desde su recepción, con un adhesivo de color definido por la organización así:

• Los Medicamentos de Alto Riesgo (MAR) son identificados con adhesivo de color ROJO en su empaque (empaque secundario) o envase (empaque primario)
• Los medicamentos LASA, aquellos con presentación o apariencia similar y/o su nombre es similar a otro, son identificados con un adhesivo de color AMARILLO en su empaque (empaque secundario) o envase (empaque primario)

3. Los electrolitos concentrados son almacenados en el servicio farmacéutico. No se cuenta con stock en los servicios asistenciales (puestos de enfermería o cuarto de preparación de medicamentos), ni en el cubículo de atención del paciente. De manera exclusiva, se permite el almacenamiento al interior de los carros de paro para brindar el tratamiento requerido por el paciente durante la atención de los códigos azules.

4. Los medicamentos preparados en diluciones para su administración son rotulados, evitando el riesgo de pérdida de identidad del producto y/o riesgo de utilización del medicamento o en el paciente equivocado.

5. Los medicamentos fragmentados o que sean envasados por fuera de su recipiente o empaque original, son rotulados y almacenados, de tal manera que se garantice su trazabilidad.

6. Los medicamentos fragmentados o que sean envasados por fuera de su recipiente o empaque original que sean encontrados sin rotular, o aquellos cuya identidad tienen algún riesgo de imprecisión, son descartados inmediatamente.

7. Los medicamentos son almacenados en condiciones adecuadas para garantizar la estabilidad del producto, de acuerdo con las recomendaciones del fabricante que se encuentran en Fleming (intranet).

8. Los medicamentos de alto riesgo almacenados en los carros de paro cuentan con un acceso restringido y permanecen bajo la custodia del personal asistencial.

9. Todos los medicamentos de control especial permanecen en el servicio farmacéutico bajo llave y con acceso restringido solo a la persona autorizada en el turno.

10. No se podrán realizar mezclas de dos o más medicamentos, sin la previa validación en la calculadora farmacéutica (Fleming) de “compatibilidad en Y”.

11. Se prohíbe la adición de cualquier medicamento a las preparaciones magistrales que se elaboran y dispensan desde la central de mezclas del Servicio Farmacéutico. Así mismo, no se podrá realizar la adición de cualquier medicamento a las adecuaciones realizadas desde los servicios asistenciales, por colaborador diferente a la persona que realiza dicha preparación.