¿Qué es el SARLAFT?
Es el Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación al Terrorismo
En otras palabras es el mecanismo de control para prevenir el lavado de activos y financiación del terrorismo a través de nuestra empresa.
¿Qué es lavado de activos - LA?
Modalidad mediante la cual organizaciones criminales buscan dar apariencia de legalidad a los recursos que obtienen de sus actividades ilícitas, al ingresarlos a la economía, pudiendo hacer uso de estos sin poner en peligro su reinversión en nuevas actividades ilícitas o lícitas.
¿Qué es la Financiación del Terrorismo –FT?
Es Proveer o recolectar fondos por cualquier medio, directa o indirectamente, que serán utilizados en todo o en parte para realizar actos terroristas, por una organización terrorista, por un terrorista individual.
SARLAFT en la Clínica Medellín
La Clínica Medellín cuenta con una política institucional cuyo objetivo es prevenir y reducir la posibilidad de que la Institución pueda ser utilizada como instrumento para el ocultamiento o legalización de bienes producto de conductas delictivas, así como, mitigar el riesgo de pérdida o daño que se puede derivar de la materialización de los riesgos asociados como son: el riesgo legal, el reputacional, el de contagio y el operacional.
Política SARLAFT Clínica Medellín
La Clínica Medellín impulsará una cultura en materia de prevención y control del riesgo a todos sus empleados, miembros y demás partes relacionadas con miras a apoyar la lucha contra el LA/FT, a dar cumplimiento a las leyes y normas otorgadas por el Estado y sobre todo a proteger la imagen y el buen nombre de la Clínica.
¿Qué se debe reportar para prevenir el LA/FT??
• Operaciones inusuales: son aquellas operaciones cuya cuantía o características no guarda relación con la actividad económica de los clientes, proveedores, contratistas, empleados terceros y miembros, o que, por su monto, por las cantidades transadas o por sus características particulares, se salen de los parámetros de normalidad establecidos.
• Operaciones sospechosas: son aquellas operaciones que por su número, cantidad o características no se enmarca dentro de los sistemas y prácticas normales de los negocios, de una industria o de un sector determinado y, además, que de acuerdo con los usos y costumbres de la actividad que se trate no ha podido ser razonablemente justificada. Estas operaciones tienen que ser reportadas única, inmediata y exclusivamente a la UIAF.
Todo empleado, proveedor, cliente, médico adscrito, miembro de Junta y Asamblea dentro de la ejecución de sus actividades, debe reportar cualquier situación que se salgan de los parámetros de normalidad. Algunos ejemplos para reportar son:
- Proveedor o cliente que realiza operaciones que no corresponden a su capacidad económica o a sus actividades económicas
- Proveedor, cliente o empleado que suministre información falsa, de difícil verificación o insuficiente.
- Usuario o cliente particular que se rehúsa o suspende una transacción cuando se le solicita información respecto al origen de los fondos involucrados.
- Proveedor o cliente que actúa a nombre de terceros intentando ocultar la identidad del cliente o usuario real.
¿Cuál es el procedimiento de reporte de operaciones inusuales e intentadas?
Todo empleado que dentro del curso de sus actividades identifique una situación inusual, es decir, que se salga de los parámetros dentro de lo normal deberá reportarla al Oficial de Cumplimiento mediante el formato (Formulario virtual) “Reporte de Operaciones Inusuales e Intentadas” junto con los soportes (anexos, si se tienen) para dar mayor entendimiento de la operación. El reporte deberá realizarse en el menor tiempo posible.
El Oficial de Cumplimiento deberá revisar y analizar los reportes entregados con el fin de determinar si es una operación sospechosa o no, siempre dejando constancia del resultado de dicho análisis. Con el fin de obtener un resultado más certero, el Oficial de Cumplimiento podrá solicitar más información y deberá consultar en listas restrictivas a las personas naturales o jurídicas que sean sujeto del análisis.
En el caso de que la operación inusual e intentada haya sido catalogada como operación sospechosa, el Oficial de Cumplimiento debe realizar el reporte a la UIAF (Unidad de Información y Análisis Financiero), dejando evidencia del reporte y los documentos objetos del análisis.
Formulario virtual: Reporte de Operaciones Inusuales e Intentadas