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Suele haber una confusi髇 en la terminolog韆 y el fin de estas t閏nicas, y si bien tienen algo en com鷑: el derecho a una muerte digna, difieren en su ejecuci髇 y en aspectos legales.


La ley en Colombia contempla tres manejos cl韓icos mediante los cuales los pacientes pueden ejercer su derecho a una muerte digna: la eutanasia, la sedaci髇 paliativa y el suicidio asistido.

La primera es la que m醩 resonancia medi醫ica ha tenido en los 鷏timos a駉s, dado el marco legal de discusi髇 que se present� para su despenalizaci髇 en 1997 y su legalizaci髇 en 2015; sin embargo, las otras dos t閏nicas tambi閚 est醤 disponibles para quienes lo soliciten y les sea aprobado el procedimiento por parte de comit閟 m閐icos y 閠icos.

Suele haber confusiones e incertidumbres respecto a estos tres procedimientos, en su terminolog韆 y en su aplicaci髇, y en aspectos legales que involucran a los pacientes y al personal de salud. Por eso, con apoyo de la doctora Melina Gonz醠ez, especialista en dolor y cuidado paliativo de la Cl韓ica Medell韓, aclaramos algunos conceptos relacionados con este 醡bito:

1. La eutanasia

Este procedimiento est� disponible para las personas que padecen enfermedades cr髇icas incurables que deterioran su calidad de vida y sus capacidades, y su objetivo es forzar el fin de la vida por medio de medicamentos administrados en altas dosis.

En Colombia, desde el 醡bito legal, se considera que la eutanasia es un homicidio que no es penalizado, contrario a la sedaci髇 paliativa, que consiste en un tratamiento. Esta es solicitada por el mismo paciente, pero requiere de la firma de un consentimiento y del concepto m閐ico para comprobar que, en realidad, su pron髎tico de salud es incurable y que est醤 dadas las condiciones para practicarle esta t閏nica, ya que el personal de salud tiene la obligaci髇 de intentar por todos los medios salvaguardar la vida.

2. La sedaci髇 paliativa

Como se馻lamos antes, este es un procedimiento m閐ico que el especialista determina en qu� momento de la enfermedad debe ser aplicada.

Se realiza como un 鷏timo recurso para que el paciente que est� en la etapa terminal, y cuando la fecha probable de fallecimiento est� muy cerca (una o dos semanas, en promedio), pueda morir dignamente, aliviando sus s韓tomas refractarios, es decir aquellos que, por m醩 medidas disponibles que se implementan, no son controladas.

Una de las diferencias respecto a la eutanasia es que la sedaci髇 se puede revertir si el pron髎tico de salud mejora. Por otra parte, esta no causa la muerte, es la propia enfermedad que padece la persona la que provoca su agon韆.

La sedaci髇 disminuye el nivel de conciencia del paciente, que hace que no sienta dolor, dificultad para respirar o hambre; en otras palabras, que no perciba lo que ocurre a su alrededor, evitando el sufrimiento propio por la enfermedad que padece.

3. Suicidio asistido

Este procedimiento es el que m醩 recientemente ha sido aprobado de los tres que hemos mencionado. En mayo de 2022 la Corte Constitucional aprob� su despenalizaci髇, pero desde lo legal a鷑 no puede ser aplicado por cuanto a鷑 falta que sea reglamentado.

El suicidio asistido tiene una concepci髇 similar a la eutanasia, pues su fin es forzar el fin de la vida, pero a diferencia de esta, el paciente recibe una instrucci髇 por parte del m閐ico y 閘 mismo se debe aplicar el medicamento.

Por lo pronto, el Gobierno nacional tiene la tarea de reglamentar esta t閏nica y mientras ello ocurre no les es ofrecido a los pacientes.


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Hilda Tabares
Excelente informaci髇. Muchas gracias!
14 Oct 22
3 a駉s 11 meses 24 d韆s 13 horas 28 minutos

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